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  • Las empresas de seguridad deben ser sometidas al control social

    Las actividades que realizan las empresas de seguridad privada forman parte del concepto de seguridad pública y son ejecutadas en ámbitos privados y públicos.


    Proyectos Presentados Proyectos Ley01-12-2015
    Las empresas de seguridad deben ser sometidas al control social

    En la provincia de Buenos Aires la Ley Provincial N° 12.297, Ley de Seguridad Privada, regula esta actividad desde el año 1999. La autoridad de aplicación de esta ley es laOficina Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, organismo que depende del Ministerio de Seguridad. Si cualquier ciudadano quiere obtener información sobre quienes son las autoridades o los socios de estas empresas, o cuál es su desempeño, encontrara la más absoluta falta de información y transparencia. El contraste de esta falta de información es mayor si se compara al organismo provincial a cargo de la actividad con su par de la jurisdicción de C.A.B.A.donde toda esta información está disponible en internet. El Diputado Socialista Ricardo Vago presento un proyecto de Ley para modificar la Ley N° 12.297 y transparentar la actividad. Consultado sobre este tema el Legislador manifestó:

    “Existe una total falta de transparencia en el funcionamiento de las empresas de seguridad privada y de su relación con el Estado que las debe controlar y no controla. Sabemos que fueron autorizadas a funcionar decenas de empresas “flojas de papeles” integradas y/o dirigidas por ex represores y carapintadas, situación expresamente prohibida por la Ley 12.297.Hace más de un año que presentamos un pedido de informes sobre este tema, pero nunca nos contestaron, como es costumbre en el gobierno de Daniel Scioli, donde todo se tapa y se niega.”

    El Diputado Vago explico los fundamentos de su proyecto de Ley: “Las actividades que realizan las empresas de seguridad privada forman parte del concepto de seguridad pública y son ejecutadas en ámbitos privados y públicos. Por ello, corresponde que tanto las actividades de las empresas de seguridad como las actividades de control realizadas por el Estado sean públicas y estén sometidas al control social. Por ello nosotros proponemos que la información referida a quienes son los socios que integran las empresas de seguridad, quienes sus autoridades, si cumplen las normas de la ley 12.297 o han recibido sanciones, etc, que toda esa información esté disponible en internet.”

    Finalizando, el Ingeniero Ricardo Vago sentencio: “El derecho al libre acceso a la información pública es un derecho garantizado tanto por la Constitución Nacional como por la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. La opacidad de las actividades de las empresas de seguridad privada en la provincia y el silencio estatal contribuyen a constituir un coto de caza exclusivo para empresarios y funcionarios, situación que corre el peligro de generar situaciones de abuso de poder y corrupción”

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